La prisión permanente revisable.

La pena de prisión permanente revisable es una figura que ha generado mucha controversia en el ámbito jurídico y social. En este artículo, explicaremos qué es la pena de prisión permanente revisable, cómo se contempla en el Código Penal y cuáles son las principales críticas que se le han hecho. La pena de prisión permanente revisable es una figura introducida en el Código Penal en 2015.


Se trata de una pena privativa de libertad que se impone a los delitos más graves, como los homicidios especialmente graves, los asesinatos o los genocidios. A diferencia de la cadena perpetua, la pena de prisión permanente revisable no implica necesariamente que el condenado pase toda su vida en prisión, sino que se establece un plazo mínimo de cumplimiento antes de poder solicitar la revisión de la condena.

Según el artículo 76 bis del Código Penal, la duración máxima de la pena de prisión permanente revisable es de cuarenta años. Sin embargo, transcurridos veinticinco años desde su imposición o desde la última revisión, el penado podrá solicitar al juez o tribunal sentenciador su libertad condicional. Para ello, deberá cumplir una serie de requisitos y demostrar que ha llevado a cabo un proceso efectivo y real de reinserción social.

La figura de la prisión permanente revisable ha sido objeto de numerosas críticas por parte del ámbito jurídico y social. Uno de los principales argumentos en contra es que vulnera el derecho a la reinserción social y a la resocialización del penado. Según sus detractores, la prisión permanente revisable implica una condena perpetua encubierta, ya que el plazo mínimo de cumplimiento es tan elevado que en la práctica se convierte en una cadena perpetua.

Otro de los argumentos en contra de la prisión permanente revisable es que no está demostrado que tenga un efecto disuasorio sobre la comisión de delitos. Según algunos estudios, las penas más duras no tienen un efecto significativo en la prevención del delito, sino que son más efectivas las medidas de prevención y reinserción social. Además, algunos expertos han señalado que la prisión permanente revisable puede generar un efecto contrario al deseado, ya que puede llevar a los delincuentes a cometer delitos aún más graves para evitar ser capturados y condenados a esta pena. Por otro lado, también se ha criticado la falta de proporcionalidad de la pena de prisión permanente revisable.

Según sus detractores, esta figura no tiene en cuenta las circunstancias individuales de cada caso ni el grado de culpabilidad del condenado, sino que se aplica de forma automática a determinados delitos sin tener en cuenta su gravedad real. A pesar de estas críticas, la prisión permanente revisable sigue siendo una figura vigente en el Código Penal español.

Desde su introducción en 2015, se han impuesto varias condenas por este tipo de pena, aunque todavía no se ha producido ninguna revisión ni concesión de libertad condicional.

En definitiva, la prisión permanente revisable es una figura controvertida que ha generado un intenso debate en el ámbito jurídico y social. Aunque algunos defienden su necesidad para castigar los delitos más graves y proteger a la sociedad, otros argumentan que vulnera los derechos fundamentales del penado y no tiene un efecto disuasorio real sobre la comisión de delitos. Sea cual sea tu opinión al respecto, lo cierto es que la prisión permanente revisable seguirá siendo objeto de controversia mientras siga vigente en nuestro ordenamiento jurídico.

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