Desde principios de este año, el gobierno ha venido implementando medidas para combatir la presencia de falsos autónomos en las plataformas digitales, lo cual ha dado lugar a un aumento significativo en la recaudación por parte de la seguridad social de las cuotas impagadas derivadas del empleo de falsos autónomos.

La recaudación de las cuotas impagadas derivadas del empleo de falsos autónomos se ha convertido en una prioridad para la seguridad social y recientes sentencias contra empresas como Glovo y Amazon Flex han sido un paso importante en la lucha contra esta práctica laboral. En el caso de Glovo, la multa anunciada por la Inspección de Trabajo asciende a 32,9 millones de euros, y se requiere el pago de otros 19 millones en cotizaciones de la Seguridad Social. Por su parte, el juzgado de lo Social nº14 de Madrid ha sentenciado que el modelo laboral de Amazon Flex es fraudulento, y ha dictaminado que 2.166 trabajadores debían haber sido contratados bajo una relación laboral ordinaria.
Tanto Glovo como Amazon defienden que tanto la Inspección de trabajo como los juzgados, aplican la presunción de laboralidad en el sector de las plataformas digitales de reparto establecida por la ley Rider. Ambas empresas están siendo obligadas a adaptarse a la nueva normativa que requiere la contratación de los repartidores bajo la modalidad laboral ordinaria. La figura del falso autónomo, definida por la falta de dependencia y ajenidad que caracteriza la relación laboral, ya fue establecida por el Tribunal Supremo en el año 2020, en una sentencia a favor de un trabajador de Glovo.
La ley Rider, aprobada hace más de un año, ha sido el catalizador para esta nueva ola de medidas contra los falsos autónomos. Las empresas que no se adapten a la nueva normativa se enfrentan a penas de prisión de hasta 6 años, según la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 12 de enero. En concreto, el artículo 311 del Código Penal establece penas de prisión entre seis meses y seis años, así como multas de seis a doce meses, para empresas que impongan a sus trabajadores condiciones laborales o de Seguridad Social perjudiciales, supriman o restrinjan los derechos reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual. Además, se castiga a las empresas que mantengan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante fórmulas ajenas al contrato de trabajo o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa.
La nueva normativa y las sentencias emitidas por los juzgados y tribunales apuntan a que la presencia de falsos autónomos en las plataformas digitales está cada vez más cerca de su final.
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