Partido de futbol en pantalla de TV.
Vivimos en una era de tecnología avanzada. En cualquier momento y lugar, podemos acceder a información y entretenimiento. Pero, ¿qué sucede cuando ese entretenimiento interfiere con las obligaciones laborales? En este artículo, vamos a analizar un caso real: el despido disciplinario por ver fútbol en el trabajo. Este tema ha captado la atención pública tras una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Un despido disciplinario es una forma de terminar la relación laboral basada en una falta del empleado. Según el Estatuto de los Trabajadores, un despido disciplinario es aplicable por incumplimientos contractuales graves. Pero, ¿es ver fútbol en el horario laboral un motivo válido para un despido disciplinario?
Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha emitido una sentencia. En ella, se establece que el trabajador sorprendido viendo fútbol en su horario laboral no incurrió en «incumplimiento grave». Por lo tanto, no se justifica un despido disciplinario en este caso.
El trabajador formaba parte de una empresa del sector de transporte de mercancías. En julio de 2021, la empresa le comunicó su despido disciplinario. El motivo era haber visto un partido de fútbol en horas de trabajo, lo que llevó a una queja de un cliente.
Sin embargo, el Tribunal concluyó que la acción del trabajador no representaba una violación de la buena fe contractual ni un abuso de confianza. Además, el trabajador nunca había sido sancionado por conductas similares. El Tribunal también señaló la falta de medidas preventivas por parte de la empresa.
En concreto, el trabajador y tres de sus compañeros de turno de tarde (que iba de 13:39 a 22:00 horas) decidieron ver el partido de fútbol entre España y Croacia durante la pausa de su descanso, que empezaba a las 18:00 horas. A las 18:30 horas, la encargada del turno sorprendió a los trabajadores viendo el partido en un teléfono móvil y fumando. Los trabajadores dejaron de ver el partido y volvieron a sus tareas cuando vieron a la encargada. La parada para la merienda en el turno de tarde es de 18:00 a 18:15 horas.
El Tribunal recordó que para declarar la procedencia del despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza en el desempeño del trabajo es necesario que el incumplimiento sea grave y culpable. En este caso, la Sala consideró que aunque la conducta del trabajador es reprobable, no es merecedora de la máxima sanción que puede imponerse.
Este caso de despido disciplinario por ver fútbol en el trabajo, nos muestra que cada caso es único y debe ser evaluado en su contexto particular. Antes de proceder con un despido disciplinario, tanto empleadores como empleados deberían estar bien informados sobre las leyes y regulaciones que los rigen. La asesoría de un abogado laboralista especializado puede ser crucial en estos casos. En Dimmao abogados, contamos con profesionales especializados en Derecho Laboral, no dude en contactarnos para una consulta personalizada y orientación específica en su caso.
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