Los antecedentes policiales surgen desde el momento en el que se instruyen diligencias policiales por hechos tipificados como delitos, o incluso otros de carácter administrativo y su posterior remisión a las Autoridades Judiciales o Administrativas. Los antecedentes policiales del sujeto se anotan en los ficheros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (policía nacional, policía autonómica, guardia civil, policía municipal, etc.) y solo sirven para uso interno.
Cancelación de antecedentes policiales
La Ley 15/1999 de 13 de diciembre, en su artículo 22.4, establece la posibilidad de cancelar los antecedentes policiales como una medida de protección de datos personales. No obstante, los responsables de los ficheros pueden denegar la cancelación de antecedentes policiales en casos donde sean necesarios para investigaciones en curso o para defender los derechos y libertades de terceros, tal como establece el artículo 23.1 de la LOPD.
La existencia de estas excepciones puede llevar a que, en ciertas circunstancias, se denieguen solicitudes de cancelación de antecedentes policiales por motivos vagos o dignos de interpretación jurídica. Por lo tanto, es recomendable contar con la ayuda de un abogado penalista al tramitar la solicitud de cancelación y, de esta manera, prevenir situaciones desfavorables.
Plazos de cancelación
El plazo para la cancelación de los antecedentes policiales dependerá de cada caso en particular:
Si eres identificado pero no se inicia ningún procedimiento penal, podrás solicitar la cancelación de forma inmediata.
En caso de que se inicie un procedimiento judicial, deberás esperar a que se archive si no resultas condenado. Si eres condenado, deberás esperar a la cancelación de antecedentes penales.
Si la intervención policial resulta en un expediente sancionador en vía administrativa, como por ejemplo una multa, deberás demostrar que has cumplido con la sanción o esperar a que transcurran 5 años desde la comisión de la infracción para poder solicitar la cancelación de los antecedentes policiales.
Consulta de antecedentes policiales:
Es importante tener en cuenta que es posible consultar si tienes antecedentes policiales y que el procedimiento para hacerlo está regulado por la Ley de Protección de Datos Personales (LOPD), que garantiza el derecho de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de los ciudadanos a los ficheros que contienen sus datos personales.
Para conocer si existen antecedentes policiales, el derecho de acceso debe ser activado. La información sobre los antecedentes policiales se puede encontrar en dos ficheros diferentes: el INTPOL de la Guardia Civil y el PERSONAS (también conocido como PERPOL) de la Policía Nacional. Se recomienda consultar ambos ficheros.
Una vez que se ha solicitado acceso al fichero que contiene los antecedentes policiales, la solicitud debe ser resuelta en un plazo de un mes. Si no se recibe respuesta en ese plazo, se puede considerar que la solicitud ha sido denegada y se debe interponer un recurso ante la Agencia General de Protección de Datos.