El Régimen de Visitas Progresivo en Casos de Bebés Lactantes

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Mujer sosteniendo a su hijo

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El Régimen de Visitas Progresivo en Casos de Bebés Lactantes: Protegiendo la Lactancia Materna y Fortaleciendo los Vínculos Paternofiliales

Introducción

En los procedimientos de divorcio o separación, uno de los aspectos más importantes a considerar es el régimen de visitas del progenitor no custodio. Este régimen determina el tiempo y las condiciones en las que el padre o madre que no tiene la custodia podrá pasar tiempo con sus hijos. Sin embargo, cuando nos encontramos ante un bebé lactante que depende exclusivamente de la leche materna, la situación se vuelve más delicada y requiere un enfoque particular.

En este artículo, exploraremos la importancia de establecer un régimen de visitas progresivo a favor del progenitor no custodio en casos de bebés lactantes. Analizaremos las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) respecto a la lactancia materna, los beneficios que esta proporciona al recién nacido y las consideraciones legales que los tribunales han tenido en cuenta al establecer estos regímenes. También examinaremos ejemplos de sentencias judiciales que han abordado esta cuestión.

La Importancia de la Lactancia Materna y su Continuidad

La OMS recomienda la lactancia materna exclusiva durante los seis primeros meses de vida, y a partir de entonces, se deben introducir alimentos complementarios, pero manteniendo la lactancia materna hasta los dos años o más. Según la OMS, la leche materna proporciona todos los nutrientes necesarios para un desarrollo saludable del bebé y contiene anticuerpos que ayudan a protegerlo de enfermedades comunes de la infancia, como la diarrea y la neumonía[^1].

Para mantener la lactancia materna, es esencial garantizar su continuidad. Interrumpir la lactancia durante períodos prolongados puede afectar negativamente la producción de leche materna y tener un impacto en la salud emocional del niño. Durante el período de lactancia, el bebé depende principalmente de su madre para su alimentación y bienestar.

El Régimen de Visitas Progresivo a Favor del Progenitor Paterno

A pesar de la importancia de la lactancia materna, los tribunales han reconocido la necesidad de establecer un régimen de visitas que permita al padre no custodio tener un contacto frecuente y diario con su hijo, con el objetivo de favorecer la relación paternofilial.

En general, los tribunales suelen otorgar un régimen de visitas progresivo, que comienza con visitas de corta duración y se va ampliando gradualmente a medida que el niño crece y se desarrolla. Este enfoque permite adaptar el régimen a las necesidades cambiantes del bebé y garantizar que se respete la continuidad de la lactancia materna.

El régimen de visitas progresivo establecido por las Audiencias Provinciales y los Juzgados puede variar en cada caso, pero a menudo implica visitas iniciales de unas pocas horas a la semana, que luego se van extendiendo en duración y frecuencia. Eventualmente, cuando el niño alcanza una edad en la que ya puede pernoctar, se incluyen fines de semana alternos y períodos de vacaciones[^2].

Sentencias Judiciales sobre el Régimen de Visitas Progresivo

A lo largo de los años, diversos tribunales han emitido sentencias relacionadas con el régimen de visitas progresivo en casos de bebés lactantes. Estas sentencias han establecido pautas y criterios para determinar el régimen adecuado en cada caso particular.

Un ejemplo de ello es una sentencia de la Audiencia Provincial de Islas Baleares, emitida en julio del presente año. En esta sentencia, se prolongó el régimen de visitas progresivo a favor del padre establecido por el Juzgado de Primera Instancia. El régimen comprendía tres periodos:

  1. Hasta los 12 meses, el padre podía estar con su hijo todos los días de la semana durante una hora por la mañana y dos horas por la tarde, en las semanas en las que se encontrara en Menorca. La sentencia destacó la importancia de respetar las necesidades de lactancia del menor y enfatizó la necesidad de flexibilidad por parte de los progenitores para garantizar el bienestar del niño.
  2. Desde los 12 meses hasta los 24 meses, se mantuvo el mismo régimen que en el periodo anterior, con la adición de dos días a la semana (lunes y jueves), en los que el padre podía pasar cuatro horas por la tarde con el niño.
  3. A partir de los 24 meses en adelante, se estableció un régimen de fines de semana alternos desde el viernes hasta el lunes, una tarde intersemanal sin pernocta y el reparto equitativo de las vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad[^3].

Otra sentencia relevante es la emitida por la Audiencia Provincial de Cuenca en junio de 2017. En este caso, se introdujeron modificaciones al régimen de visitas fijado por el Juzgado de Primera Instancia. El régimen progresivo establecido fue el siguiente:

  1. Hasta la finalización de la lactancia y, en todo caso, hasta los 18 meses de edad, el padre podía ver a su hija una hora cada día de la semana, de lunes a viernes.
  2. Transcurrido el periodo anterior y hasta los 3 años, se mantuvo el mismo régimen, pero se incluyó la pernocta del sábado.
  3. A partir de los 3 años y en adelante, se estableció un régimen de fines de semana alternos de viernes a domingo, una tarde intersemanal sin pernocta y el reparto equitativo de las vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad[^4].

Estas sentencias reflejan la tendencia de los tribunales a establecer regímenes de visitas progresivos que protejan la lactancia materna y, al mismo tiempo, fomenten la relación entre el padre y el hijo.

Conclusiones

En conclusión, el establecimiento de un régimen de visitas progresivo a favor del progenitor no custodio en casos de bebés lactantes es crucial para garantizar el desarrollo integral del menor. El respeto a la lactancia materna, respaldado por las recomendaciones de la OMS, y la creación de vínculos paternofiliales sólidos son los principales fundamentos para la implementación de estos regímenes.

Los tribunales han reconocido la importancia de la lactancia materna y han adaptado los regímenes de visitas en función de las necesidades cambiantes del bebé. A través de sentencias judiciales, se ha establecido que los regímenes de visitas progresivos pueden comenzar con visitas de corta duración y luego ampliarse gradualmente a medida que el niño crece.

Es importante destacar que cada caso es único y que los tribunales deben evaluar las circunstancias individuales para determinar el régimen de visitas más adecuado. Sin embargo, la protección de la lactancia materna y el fortalecimiento de los vínculos paternofiliales son aspectos fundamentales que deben tenerse en cuenta al establecer estos regímenes.


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