Autorización de Residencia para Emprendedores en España

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Emprendedores celebrando en España con la bandera y siluetas de edificios icónicos

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Si eres un extranjero mayor de 18 años y no eres ciudadano de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, pero tienes la intención de emprender en España, te interesará conocer cómo solicitar una autorización inicial de entrada y permanencia en el país. Este tipo de visado se rige por la Ley 14/2013 del 27 de septiembre, destinada a apoyar a emprendedores y su internacionalización, y subsidiariamente por el Reglamento de Extranjería.

Contexto de la Autorización de Residencia para Emprendedores

La Ley 14/2013, en apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, fue instaurada con la finalidad de promover la cultura emprendedora, establecer un ambiente propicio para la actividad económica, y atraer inversión y talento, todo con el objetivo de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo en España.

Actividad emprendedora

Para obtener esta autorización, se requiere que la actividad empresarial sea innovadora y de especial interés económico para España. La evaluación se centra en varios aspectos clave, como el perfil profesional del solicitante (incluyendo su formación, experiencia y compromiso con el proyecto), el plan de negocio y su contribución al crecimiento económico español, la innovación y las oportunidades de inversión.

Sujetos a los que se puede extender la autorización

El visado de emprendedores se puede extender a:

  • El cónyuge, siempre que no estén separados legalmente y el matrimonio no sea fraudulento. No se permite reagrupar a más de un cónyuge.
  • La pareja de hecho registrada en un registro público, siempre que no se haya cancelado y se haya establecido antes de la residencia del emprendedor en España. No se permite reagrupar a más de una pareja de hecho.
  • Hijos menores de 18 años o incapacitados.
  • Personas representadas por el emprendedor, menores de 18 años o incapacitadas, mediante un acto jurídico válido en España.

No se puede solicitar este tipo de visado si estás dentro del compromiso de no retorno a España.

Requisitos de la autorización

Para obtener esta autorización, debes cumplir con ciertos requisitos:

  • Ser ciudadano extranjero (no comunitario).
  • Desarrollar una actividad emprendedora e innovadora en España.
  • No estar irregularmente en territorio español.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia.
  • No figurar como rechazable en países con convenio con España.
  • Contar con seguro médico y recursos económicos suficientes.

Cómo solicitar la autorización

Existen dos formas de solicitarla, dependiendo de tu ubicación:

  • Desde fuera de España: Obtén un visado de residencia para emprendedores a través del Consulado de España correspondiente.
  • Dentro de España: Presenta la solicitud de Autorización de Residencia en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

Documentación necesaria

La documentación requerida incluye:

  • Pasaporte.
  • Seguro médico público o privado válido en España.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Acreditación de medios económicos.
  • Informe Favorable de la embajada de España (si es visado).
  • Plan de negocio detallado y enfocado en la innovación.

Evaluación del Proyecto

En el caso específico del permiso de residencia para emprendedores, es crucial considerar que solo se considerará una actividad empresarial o emprendedora si es innovadora o tiene un interés económico especial para España.

Para lograr esto, es necesario obtener un informe favorable de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA). Para obtener este informe, debes presentar una solicitud a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Este informe es obligatorio y se emite en un plazo de diez días hábiles.

Al presentar el proyecto empresarial para la evaluación de la actividad emprendedora, debes tener en cuenta los siguientes elementos clave que definirán el contenido del informe:

  1. El perfil profesional del solicitante y su compromiso con el proyecto. En caso de que haya varios socios, se evaluará la participación de cada uno, tanto de aquellos que solicitan un visado o autorización como de los que no lo hacen.
  2. El plan de negocio, que incluirá una descripción detallada del proyecto, el producto o servicio que se desarrollará y su financiación, incluyendo la inversión necesaria y las posibles fuentes de financiación.
  3. Los elementos que aporten valor a la economía española, la innovación o las oportunidades de inversión.

Es esencial tener en cuenta todos estos elementos y presentarlos de manera adecuada en el proyecto, ya que muchas solicitudes para obtener esta autorización de residencia y trabajo pueden ser rechazadas si no se explican adecuadamente estos aspectos al solicitar el informe.

Tramitación y duración del permiso

De manera similar a las otras autorizaciones establecidas por la Ley de Emprendedores, este permiso de residencia tiene una duración de tres años. Sesenta días antes de su vencimiento, es posible solicitar su renovación por dos años adicionales si se mantienen los requisitos originales.

Además, después de cinco años, es posible obtener la residencia de larga duración si se cumplen los criterios necesarios, y en algunos casos, se puede acceder a la nacionalidad española por residencia. También se permite la solicitud de reagrupación familiar para los familiares del titular de esta autorización.

La tramitación de este proceso está a cargo de la UGE-CE y se lleva a cabo mediante un procedimiento más rápido en comparación con otros trámites de inmigración. El período para procesar, resolver y notificar estos expedientes es de solo 20 días hábiles, y en caso de no recibir una respuesta, se considera una respuesta positiva por silencio administrativo.

Recogida del Visado y Consideraciones Importantes

Si el visado se aprueba, debes recogerlo dentro de un mes a partir de su autorización, personalmente o a través de un representante, en caso de menores de edad, uno de los padres o tutores debe hacerlo. Si no lo recoges dentro del plazo, se considera una renuncia.

Si la Oficina consular deniega el visado, te informarán por escrito y proporcionarán información sobre las bases legales de la denegación, los recursos disponibles y los órganos pertinentes para apelar.

Una vez autorizada tu entrada en España por las autoridades de frontera, asegúrate de que tu pasaporte sea sellado. Si provienes de un Estado Schengen y no cruzaste fronteras exteriores, debes declarar tu entrada dentro de 3 días hábiles en una Comisaría de Policía o una Oficina de Extranjería.

Contenido del visado

El visado te permite residir legalmente en España durante el primer año sin necesidad de solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Sin embargo, debes solicitar el Número de Identidad de Extranjero (NIE) si aún no lo tienes. Puedes hacerlo en España o en la Oficina Consular correspondiente, según tu elección.

Este artículo es informativo y no sustituye una consulta con un abogado. Para más información, visita dimmao.com/contacto/.


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