Indemnización por despido a embarazadas: probar discriminación


Indemnización por despido nulo a embarazadas

Introducción

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido que para que una mujer embarazada reciba indemnización por un despido nulo, debe demostrarse que sufrió discriminación por razón de su estado. Así, para que proceda una indemnización por despido nulo a embarazadas, deberá probarse concretamente que fue discriminada por razón de su embarazo. Este dictamen responde a un caso específico relacionado con una trabajadora de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), cuyo recurso fue rechazado por el tribunal.

El caso de la trabajadora de la RFEF

La sentencia del TS, nº 1148/2023, de 12 de diciembre de 2023, analiza un caso en el que la RFEF despidió a una trabajadora alegando bajo rendimiento, siendo notificada de su embarazo en el momento del despido. La mujer, empleada de la RFEF, fue despedida junto a otros cinco trabajadores bajo la acusación de «disminución continuada y voluntaria del rendimiento normal en su puesto de trabajo». Curiosamente, fue en el momento de su despido cuando informó a la Federación de su embarazo.

Un juzgado de lo social en Madrid inicialmente declaró nulo el despido y ordenó la readmisión de la trabajadora, además del pago de los salarios no percibidos durante aproximadamente tres meses y medio. Sin embargo, la trabajadora acabó recurriendo la sentencia ante el Tribunal Supremo, planteando contradicciones con sentencias previas que reconocían el derecho a indemnización por vulneración de derechos fundamentales, específicamente discriminación por razón de sexo.

Sentencia del TS

El Supremo, al reconocer la discrepancia entre las sentencias, se centró en dilucidar si un despido disciplinario de una mujer embarazada, sin causas acreditadas, debería conllevar siempre una indemnización por nulidad, vinculada a la violación del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en la misma línea que el juzgado de primera instancia, interpretó que no considera automática la lesión del derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo para efectos de una indemnización. La Sala de lo Social del TS indicó que el juzgado de primera instancia se ajustó al artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores, el cual establece que el despido de trabajadoras embarazadas será nulo, salvo que se acredite la procedencia del despido por motivos ajenos al embarazo.

El TS subrayó que para atribuir discriminación, deben existir indicios que relacionen directamente el despido con el embarazo. En este caso, la empresa desconocía la condición de la trabajadora al momento del despido, y su caso no fue aislado, lo que disminuye la presunta discriminación. Según el TS, para que proceda una indemnización por discriminación, deben existir indicios que relacionen directamente el despido con el embarazo. En este caso, la empresa desconocía la condición de la trabajadora al momento del despido, y además, el despido de esta trabajadora coincidía con el de otros empleados, indicios que prueban la ausencia de discriminación directa por embarazo. Por lo tanto, no se demostró que la empresa despidiera a la trabajadora por su estado de embarazo, manteniéndose así la nulidad objetiva del despido.

Aclaraciones sobre el despido a embarazadas

El Tribunal Supremo aclaró que el despido disciplinario de una trabajadora embarazada puede ser declarado procedente si se acreditan incumplimientos contractuales graves y culpables. Además, tanto el Supremo como el Tribunal Constitucional han declarado consistentemente que un despido motivado por el embarazo debe considerarse nulo por discriminatorio.


La información proporcionada en este artículo sobre la indemnización por despido nulo a mujeres embarazadas tiene un mero carácter informativo. Por lo tanto, no debe ser considerada como sustitutiva de la asesoría legal personalizada. En Dimmao Abogados, contamos con un equipo de abogados especializados en diversas ramas del derecho, incluyendo civil, penal, laboral y extranjería. Si desea profundizar en alguna cuestión legal o necesita asesoramiento personalizado, le invitamos a contactarnos a través de nuestro enlace. Nuestros despachos están ubicados en Bilbao, y estaremos encantados de atenderle y brindarle la asistencia legal que requiera.


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