El retorno voluntario y el abono anticipado del paro o APRE


Retorno voluntario y el abono anticipado del paro o APRE

Introducción

El retorno voluntario, en el contexto jurídico y social, se refiere a un programa diseñado para facilitar el regreso de extranjeros no comunitarios que residen en España y desean regresar a sus países de origen. Este programa ofrece diferentes modalidades de apoyo, siendo una de las más destacadas el Abono Anticipado de la Prestación Contributiva por Desempleo (APRE), gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En este artículo, se analizará en detalle el retorno voluntario y el APRE, sus requisitos y el procedimiento que se debe seguir.

El abono anticipado de la prestación contributiva por desempleo (APRE)

El APRE es una modalidad del retorno voluntario destinada a trabajadores extranjeros no comunitarios que se encuentran en España, han perdido su empleo y tienen derecho a recibir prestación por desempleo. Esta modalidad les permite recibir el importe acumulado de su prestación por desempleo de manera anticipada y única, sin tener que esperar a percibirlo de forma mensual. Sin embargo, a cambio de este beneficio, los beneficiarios deben comprometerse a regresar a su país de origen y abstenerse de retornar a España durante un período de tres años.

Requisitos el APRE

Para conseguir el abono del APRE, el trabajador extranjero debe cumplir con una serie de requisitos específicos:

  • Ser nacional de un país que tenga un convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social, como Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Federación Rusa, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, Ucrania, Uruguay, Venezuela, El Salvador, República de Corea, República de Cabo Verde y República Popular China.
  • Tener residencia legal en España.
  • Estar desempleado y estar inscrito como demandante de empleo.
  • Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, lo que implica haber solicitado y obtenido la prestación por desempleo y no estar trabajando a tiempo parcial mientras se percibe esta prestación.
  • Asumir el compromiso de regresar a su país de origen en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha del primer pago en España y abstenerse de regresar a España durante tres años.
  • No estar sujeto a prohibiciones de salida del territorio nacional según la legislación de extranjería española.

Documentación necesaria para solicitar el APRE

Para solicitar el APRE, los trabajadores extranjeros deben presentar una serie de documentos:

  • El impreso de solicitud, disponible en las oficinas de empleo o para descarga en línea.
  • Tarjeta de identidad de extranjero (original y fotocopia con el NIE).
  • Certificados de las empresas en las que haya trabajado en los últimos 6 meses. Normalmente, las empresas envían estos certificados al SEPE a través del sistema informático, pero en caso contrario, deben entregarse en mano.

La documentación y la solicitud se presentan en la oficina de empleo correspondiente al domicilio de residencia del solicitante, o se pueden tramitar por Internet a través de la sede electrónica del SEPE.

Procedimiento de pago del retorno voluntario

El pago del retorno voluntario se realiza en dos plazos:

A) El 40% del importe se paga en España una vez que se reconoce el derecho. Los beneficiarios pueden verificar el estado de la solicitud a través de Internet y recibirán una notificación por correo postal con la aprobación de la ayuda. Este primer pago lleva un descuento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Una vez recibido este pago, comienza el plazo de 30 días para abandonar España.

B) El 60% restante se paga en el país de origen dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha del primer pago en España, y en un plazo máximo de 90 días desde entonces. Para recibir este segundo pago, el beneficiario debe comparecer personalmente en la representación diplomática o consular española de su país, entregando su tarjeta de identificación (NIE, tarjeta de residencia, etc.) y el resguardo de la aprobación de la solicitud. El Ministerio de Asuntos Exteriores comunica esta comparecencia al SEPE, que procede al pago mediante cheque o transferencia bancaria.

Otras ayudas para el viaje de retorno

Además del pago acumulado del paro, existen algunas ayudas adicionales para el viaje de retorno, aunque son limitadas y dependen de la disponibilidad presupuestaria. Estas ayudas incluyen el pago del billete internacional desde España, los gastos de desplazamiento del domicilio a la ciudad de salida y una ayuda de viaje de 50 € por cada miembro de la unidad familiar.

Consecuencias de solicitar el abono anticipado APRE

Una vez que se ha recibido el pago anticipado APRE, se generan diversas consecuencias legales. En primer lugar, la prestación por desempleo se considera extinguida, lo que implica que el beneficiario ya no podrá recibir pagos subsiguientes de esta prestación.

Además, no es posible obtener subsidios por agotamiento de la prestación por desempleo tras haber recibido el abono anticipado APRE. Esta restricción limita las opciones de apoyo financiero para aquellos que hayan agotado su prestación por desempleo.

Por otro lado, no se podrá acceder a las prestaciones y subsidios por desempleo en un período de al menos tres años a partir de la fecha del primer pago de la prestación acumulada. Este plazo de tres años se cuenta a partir de los 30 días naturales posteriores a la recepción del primer pago en España.

En cuanto a la autorización de residencia, esta queda extinguida después de 30 días naturales desde la fecha del primer pago en España. Esta extinción se produce automáticamente y no requiere de otro procedimiento administrativo. Esta medida también afecta a los familiares reagrupados con el beneficiario del abono acumulado y anticipado, a menos que estos familiares cuenten con una autorización de residencia independiente.

Por último, es necesario tener en cuenta que no se pueden conceder nuevas autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo a quienes hayan sido beneficiarios del abono anticipado APRE hasta que haya transcurrido un período de tres años desde la fecha de su retorno.

¿Puedo regresar a España en el futuro si me acojo al retorno voluntario?

Solo se puede regresar a España después de transcurridos tres años desde la salida y previa solicitud de nuevas autorizaciones de trabajo y residencia. No es posible regresar antes de estos tres años para residir o realizar actividades lucrativas o profesionales.

¿Perderé mis derechos de residencia si me acojo al retorno voluntario?

Si eras residente temporal en España y regresas legalmente después de tres años, tu situación de residencia se considera continua a efectos de completar el período necesario para obtener la residencia permanente. Si tenías residencia permanente y regresas después de tres años, puedes recuperar tu condición de residente permanente a través de un procedimiento simplificado.

Modalidades alternativas de retorno voluntario

Además del APRE, existen otras modalidades de retorno voluntario, como el retorno voluntario productivo, dirigido a inmigrantes extracomunitarios que desean emprender un proyecto empresarial en su país de origen y pueden recibir hasta 1.500 euros a fondo perdido, así como el retorno humanitario, destinado a inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad, que reciben ayuda para el billete y gastos de viaje.


La información proporcionada en este artículo sobre el retorno voluntario y el abono anticipado del paro o APRE tiene un mero carácter informativo. Por lo tanto, no debe ser considerada como sustitutiva de la asesoría legal personalizada. En Dimmao Abogados, contamos con un equipo de abogados especializados en diversas ramas del derecho, incluyendo civil, penal, laboral y extranjería. Si desea profundizar en alguna cuestión legal o necesita asesoramiento personalizado, le invitamos a contactarnos a través de nuestro enlace. Nuestros despachos están ubicados en Bilbao, y estaremos encantados de atenderle y brindarle la asistencia legal que requiera.


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