¿Es ilegal mentir en el curriculum?

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Documento titulado CV. Es ilegal mentir en el curriculum.

Autoría

Avatar de Ainhoa Velar Abarrategui

Introducción.

La práctica de maquillar el CV no es nueva, pero puede salir muy cara. Más allá de la obvia falta ética, este comportamiento puede tener consecuencias legales serias. Es fundamental tener presente que es ilegal mentir en el currículum. A continuación, exploramos cómo una mentira en tu CV o redes sociales profesionales no solo puede costarte tu empleo sino que podría meterte en serios problemas legales.

Las mentiras en el CV o trayectoria profesional o formativa
Añadir información exagerada en un currículo, en LinkedIn u otros formatos similares puede tener como consecuencia la pérdida del empleo, ya que constituye un motivo válido para un despido disciplinario. Sin embargo, el peligro no se limita a perder el empleo; en algunos casos, incluso se ha involucrado la justicia penal. Es por ello que, en efecto, es ilegal mentir en el currículum.

Despido disciplinario por falsedad en la cualificación profesional.

En caso de que un trabajador proporcione información falsa sobre su experiencia profesional o sus titulaciones académicas, podría ser objeto de un despido disciplinario.

El Estatuto de los Trabajadores no incluye de manera específica el despido por falsedad en la cualificación profesional, por lo que este comportamiento se considera una infracción que se encuadra dentro de la “transgresión de la buena fe contractual” contemplada en el apartado 2, letra d) del artículo 54.

Este tipo de despido, abarca una variedad de conductas que erosionan la confianza de la empresa en el empleado. No es necesario que exista un perjuicio concreto para la empresa; la mera falsedad puede ser motivo suficiente para justificar la terminación del contrato. Sin embargo, en la mayoría de los casos analizados por la jurisprudencia en este ámbito, suele existir además de la falsedad, un perjuicio real para la empresa.

Sentencias relevantes.

En este sentido, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 4 de junio de 2007 determinó la procedencia de un despido disciplinario debido, entre otras razones, a la inclusión de información falsa en el currículum vitae, específicamente, indicando la posesión de un título universitario mientras se encontraba en el primer curso sin haber aprobado ninguna asignatura.

Por otro lado, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 16 de abril de 2021, respaldó la decisión de despedir a un empleado que mintió sobre su capacidad física para un trabajo de repartidor. A pesar de tener limitaciones físicas que le impedían cargar peso, el empleado aseguró lo contrario en su CV. Esta mentira constituyó, según el tribunal, una transgresión de la buena fe contractual, resultando en un despido disciplinario. La sentencia pone de relieve cómo una mentira en el CV puede influir en la voluntad de la empresa para la celebración del contrato y romper la confianza depositada por el empleador en el empleado.

Otro caso relevante es el de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, emitida el 1 de julio de 2011, consideró procedente el despido de un empleado que había mentido en su CV sobre su titulación, a pesar de que había trabajado durante dos años en la empresa y su desempeño era satisfactorio.

Consecuencias penales.

Mentir en el currículum puede dar lugar a dos posibles delitos: la falsedad documental y el intrusismo profesional.

En cuanto a la falsedad documental, el Código Penal diferencia entre la falsificación de documentos privados y la de documentos públicos u oficiales.

En el artículo 395 del Código Penal de España, se tipifica y castiga el delito de falsedad documental en documento privado, a partir de lo cual se puede establecer pena de prisión con duración desde los 6 meses y hasta los 6 años de prisión.

Por su parte, los artículos 391 a 394 del mismo Código castigan la falsedad en documentos públicos u oficiales, en este caso títulos académicos, puede conllevar penas de prisión de seis meses a tres años.

Respecto al delito de intrusismo, los artículos 402 y 403 del Código Penal establecen una pena de uno a tres años de prisión para aquellas personas que ejerzan una profesión sin tener el correspondiente título académico expedido o reconocido en España.

Conclusión

Aunque algunos puedan sentir la tentación de mejorar su perfil profesional mediante exageraciones o mentiras en su currículum, es crucial recordar que no solo es una falta de ética, sino que puede llegar a ser ilegal mentir en el currículum si se incurre en un delito de falsedad documental o intrusismo laboral. Las consecuencias de este acto pueden ir más allá de la simple pérdida de confianza o un despido, pudiendo enfrentarse a sanciones legales grave.


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