La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

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La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) es un instrumento jurídico fundamental en la protección y promoción de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad.

En este sentido, es esencial comprender el alcance y las implicaciones de este tratado en la promoción de un marco jurídico adecuado y eficaz para garantizar el respeto y protección de los derechos de las personas con discapacidad.

La CDPD, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y ratificada por España el 21 de abril de 2008, marcó un hito en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. Este tratado consolida los derechos humanos de las personas con discapacidad, otorgándoles la condición de sujetos de derecho y no meros receptores de servicios asistenciales. Al hacerlo, la Convención introduce un cambio paradigmático en la concepción de la discapacidad, pasando de un enfoque basado en la asistencia y la caridad a uno fundamentado en los derechos humanos.

La CDPD establece varios principios rectores, entre los que destacan el respeto a la dignidad inherente, la autonomía individual, la no discriminación, la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad, el respeto por la diferencia, la igualdad de oportunidades, la accesibilidad y la igualdad entre hombres y mujeres. Estos principios se traducen en obligaciones concretas para los Estados Parte, que deben adoptar medidas legislativas, administrativas y de cualquier índole para garantizar el pleno ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención.

En este sentido, la CDPD exige a los Estados Parte, como España, a tener en cuenta los derechos de las personas con discapacidad en todas sus políticas y programas y a adoptar medidas proactivas para prevenir la discriminación por razón de discapacidad. Esto incluye la promoción de la investigación y el desarrollo de bienes, servicios e instalaciones de diseño universal, así como la implementación de normas y directrices que garanticen la accesibilidad.

Además, la Convención insta a los Estados Parte a promover la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías y dispositivos técnicos adecuados para las personas con discapacidad, priorizando aquellos de precio asequible. También deben proporcionar información accesible sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo y promover la formación de profesionales y personal que trabajen con personas con discapacidad en relación con los derechos reconocidos en la Convención.