Indemnización de 180.000€ por retraso diagnóstico de patología vascular grave

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El caso que hoy compartimos refleja, una vez más, cómo un error diagnóstico reiterado en el ámbito sanitario puede desembocar en un desenlace trágico que, en gran medida, habría sido evitable con una actuación conforme a la lex artis. La intervención de los profesionales de DIMMAO Abogados permitió esclarecer lo ocurrido y alcanzar una solución favorable para la familia, a quienes agradecemos la confianza depositada desde el inicio.

Un cuadro clínico mal interpretado desde el inicio.

La paciente —mujer de edad avanzada y con antecedentes de riesgo cardiovascular— acudió en varias ocasiones a un servicio de salud en España por un cuadro de dolor abdominal, acompañado de alteraciones hemodinámicas. Pese a la persistencia y evolución del cuadro, fue diagnosticada de un proceso banal, sin que se activaran los protocolos diagnósticos adecuados.

En las primeras asistencias no se realizaron pruebas esenciales, a pesar de tratarse de un perfil clínico que exigía descartar patología vascular grave. La reiteración del diagnóstico inicial, sin una reevaluación crítica, supuso un claro alejamiento de los estándares médicos exigibles.

Alteraciones analíticas progresivas.

Uno de los elementos clave del caso fue que a la paciente se le documentaron alteraciones analíticas progresivas y cambios en constantes vitales que apuntaban a un proceso interno grave. Sin embargo, no se adoptaron medidas urgentes ni se activaron equipos especializados en el momento oportuno.

Retrasos críticos en el diagnóstico definitivo.

Finalmente, en una de las últimas asistencias, se solicitó una prueba de imagen que evidenció una grave patología vascular en fase avanzada. No obstante, el retraso acumulado —tanto en la indicación como en la interpretación de la prueba— resultó determinante. La paciente sufrió un deterioro súbito pocas horas después, sin que se hubiera implementado un plan terapéutico urgente.

Infracción de la lex artis y relación causal.

Desde el punto de vista médico-legal, el caso presentaba una clara infracción de la lex artis ad hoc, fundamentada en tres pilares: omisión de pruebas diagnósticas básicas, diagnóstico erróneo reiterado y ausencia de actuación urgente ante signos evidentes de gravedad. Todo ello configuró una relación de causalidad directa con el resultado final.

El análisis pericial puso de manifiesto que, de haberse actuado conforme a los protocolos vigentes, la patología habría sido detectada en una fase potencialmente tratable, con altas probabilidades de modificar el desenlace.

La defensa jurídica y la resolución del caso.

Tras la interposición de la correspondiente reclamación y un exhaustivo trabajo probatorio —incluyendo informes periciales especializados—, se logró acreditar la responsabilidad de una entidad médica en el funcionamiento anormal del servicio sanitario.

El procedimiento se desarrolló en vía administrativa y contenciosa, con una estrategia orientada desde el inicio a la negociación fundamentada. Finalmente, se alcanzó un acuerdo satisfactorio para la familia.

Un acuerdo que evita mayor desgaste para la familia.

Sin perjuicio de la confidencialidad que rige este tipo de procedimientos, podemos indicar que se alcanzó un acuerdo indemnizatorio en torno a 180.000 euros, evitando así un proceso judicial más prolongado y el consiguiente desgaste emocional para los familiares.

El caso pone de relieve la importancia de una correcta valoración clínica desde el primer momento y la necesidad de contar con asesoramiento especializado ante posibles situaciones de negligencia médica.


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