Infección hospitalaria nosocomial: cuándo es negligencia


Hospital intensive care unit room with empty bed and medical monitors

Si has sufrido una infección hospitalaria nosocomial durante tu ingreso o tras una intervención, es posible que te preguntes si el centro sanitario actuó correctamente. Cada año, miles de pacientes en España contraen infecciones dentro de los hospitales que podrían haberse evitado con las medidas de prevención adecuadas. En este artículo te explicamos qué tipos de infecciones nosocomiales existen, cuándo el hospital es responsable y qué pasos debes seguir para reclamar.

Qué es una infección nosocomial y por qué se produce

Una infección nosocomial es aquella que el paciente adquiere durante su estancia en un centro sanitario y que no estaba presente ni en periodo de incubación en el momento del ingreso. Según datos del Estudio de Prevalencia de Infecciones Nosocomiales en España (EPINE), la tasa de prevalencia de estas infecciones se sitúa en torno al 7-8% de los pacientes hospitalizados. Por lo tanto, se trata de un problema de salud pública de gran envergadura.

Las causas de estas infecciones son diversas. En muchos casos se relacionan con procedimientos invasivos como la colocación de catéteres, sondas urinarias o ventilación mecánica. Sin embargo, también pueden producirse por deficiencias en los protocolos de higiene, esterilización insuficiente del material quirúrgico o un aislamiento inadecuado de pacientes infectados. Cuando el centro hospitalario incumple sus propios protocolos de prevención, la infección hospitalaria nosocomial deja de ser una complicación inevitable para convertirse en un supuesto de negligencia médica.

Tipos de infección hospitalaria nosocomial más frecuentes

Las infecciones nosocomiales se clasifican en función del foco de origen. Conocer los tipos más habituales te ayudará a identificar si tu caso encaja en alguno de ellos y si existió una posible negligencia en su origen.

Infección urinaria asociada a sonda vesical. Es la infección nosocomial más frecuente en los hospitales españoles. Se produce cuando las bacterias acceden al tracto urinario a través de la sonda. En consecuencia, el mantenimiento estéril de la sonda y su retirada temprana son medidas esenciales de prevención. Si el hospital no retira la sonda cuando ya no es necesaria o no cumple el protocolo de inserción aséptica, puede estar incurriendo en negligencia.

Infección del sitio quirúrgico. Aparece en la zona de la herida operatoria en los 30 días siguientes a la cirugía (o hasta un año si se implantó material protésico). La profilaxis antibiótica preoperatoria, la correcta preparación del campo quirúrgico y la esterilización del instrumental son factores determinantes. De hecho, la falta de cualquiera de estas medidas puede generar responsabilidad del centro.

Neumonía asociada a ventilación mecánica. Afecta a pacientes ingresados en unidades de cuidados intensivos (UCI) que requieren intubación. El cumplimiento del protocolo «Neumonía Zero» es obligatorio en los hospitales del Sistema Nacional de Salud. Además, la elevación del cabecero, la higiene oral con clorhexidina y la interrupción diaria de la sedación son medidas que reducen drásticamente el riesgo.

Bacteriemia asociada a catéter venoso central. Se produce cuando las bacterias acceden al torrente sanguíneo a través de un catéter. Sus consecuencias pueden ser muy graves, incluyendo sepsis y shock séptico. El protocolo «Bacteriemia Zero» establece las medidas de inserción y mantenimiento que deben cumplirse para prevenir estas infecciones.

Cuándo la infección hospitalaria nosocomial es negligencia

No toda infección nosocomial supone una negligencia médica. La medicina no es una ciencia exacta y existen riesgos inherentes a cualquier procedimiento hospitalario. Sin embargo, la jurisprudencia española ha establecido criterios claros para determinar cuándo el hospital es responsable. El elemento clave es el concepto de lex artis: si el centro sanitario cumplió todos los protocolos de prevención y control de infecciones, la infección puede considerarse una complicación no evitable.

Por el contrario, existirá negligencia cuando se acredite alguno de los siguientes supuestos. En primer lugar, el incumplimiento de los protocolos de higiene de manos, que constituye la medida más básica y eficaz de prevención. En segundo lugar, la esterilización deficiente del material quirúrgico o de los dispositivos invasivos. Asimismo, el aislamiento inadecuado de pacientes portadores de gérmenes multirresistentes supone un riesgo grave para otros pacientes.

También genera responsabilidad la falta de vigilancia epidemiológica activa. Los hospitales están obligados a mantener un sistema de vigilancia de infecciones nosocomiales, conforme al Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica. En particular, los servicios de medicina preventiva deben monitorizar las tasas de infección y detectar brotes de forma precoz. Si el hospital no dispone de este sistema o no actúa ante una alerta, su responsabilidad puede ser evidente.

En el ámbito de la sanidad pública, la reclamación se fundamenta en la responsabilidad patrimonial de la Administración, regulada en los artículos 32 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. No es necesario demostrar culpa, sino que basta con acreditar un funcionamiento anormal del servicio sanitario y el nexo causal entre ese funcionamiento y la infección. No obstante, en la sanidad privada se aplica el régimen de responsabilidad civil contractual y extracontractual del Código Civil.

Tus derechos como paciente afectado

Como paciente que ha contraído una infección nosocomial por negligencia, tienes derecho a recibir una indemnización que cubra todos los daños sufridos. Esto incluye los gastos médicos derivados del tratamiento de la infección, las secuelas permanentes si las hubiera, el daño moral y la pérdida de ingresos durante el periodo de recuperación. Además, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de Autonomía del Paciente, te garantiza el derecho a acceder a tu historia clínica completa, un documento fundamental para fundamentar tu reclamación.

Tienes derecho a solicitar copia íntegra de tu historia clínica, incluyendo los informes de medicina preventiva, los registros de enfermería y los protocolos de control de infecciones del centro. Por ejemplo, estos documentos son esenciales para que un perito médico pueda determinar si se cumplieron los estándares de prevención. También puedes solicitar información sobre las tasas de infección del hospital a través del derecho de acceso a la información pública regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia.

Si la infección se produjo en un hospital público, puedes interponer una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración sanitaria correspondiente. En el caso del País Vasco, la reclamación se dirige a Osakidetza. Si la infección tuvo lugar en un centro privado, la vía es la reclamación civil por daños y perjuicios.

Pasos para reclamar por una infección nosocomial

El proceso de reclamación requiere una preparación cuidadosa. A continuación te detallamos los pasos que debes seguir para maximizar tus posibilidades de éxito.

1. Solicita tu historia clínica completa. Es el primer paso imprescindible. Pide copia de toda la documentación: informes de alta, registros de enfermería, informes microbiológicos, antibiogramas y cualquier registro relacionado con la infección. El centro tiene la obligación de entregarte esta documentación en un plazo máximo de un mes.

2. Obtén un informe pericial médico. Un médico especialista independiente debe analizar tu caso y emitir un dictamen sobre si se cumplieron los protocolos de prevención. Este informe es la pieza clave de la reclamación, ya que determinará si existió un funcionamiento anormal del servicio sanitario. Por lo tanto, te recomendamos acudir a un perito con experiencia en infecciones nosocomiales.

3. Presenta la reclamación dentro del plazo. En la sanidad pública, el plazo para reclamar es de un año desde la estabilización de las secuelas o el alta definitiva, conforme al artículo 67.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. En la sanidad privada, el plazo general es también de un año para la acción extracontractual (artículo 1968 del Código Civil), aunque puede ampliarse a cinco años para la acción contractual.

4. Cuantifica los daños. La indemnización se calcula conforme al baremo de valoración del daño corporal. Se tienen en cuenta los días de hospitalización, las secuelas, los gastos médicos, la pérdida de ingresos y el daño moral. Un abogado especializado en negligencias médicas puede ayudarte a determinar la cuantía adecuada.

5. Negocia o litiga. En muchos casos es posible alcanzar un acuerdo extrajudicial con el hospital o su aseguradora. Sin embargo, si no se obtiene una oferta razonable, será necesario acudir a la vía judicial. En definitiva, contar con asesoramiento legal especializado desde el principio es fundamental para tomar las decisiones correctas en cada fase del proceso.

Preguntas frecuentes sobre infecciones nosocomiales

¿Todas las infecciones hospitalarias son reclamables? No. Solo aquellas que se produjeron por un incumplimiento de los protocolos de prevención o por un funcionamiento anormal del servicio sanitario. Si el hospital cumplió todas las medidas preventivas y la infección se produjo a pesar de ello, se considera una complicación inherente al riesgo hospitalario.

¿Cómo puedo demostrar que la infección se contrajo en el hospital? Los cultivos microbiológicos, los antibiogramas y los informes de medicina preventiva son las pruebas principales. Además, el momento de aparición de los síntomas en relación con el ingreso o la intervención es un dato relevante. Un perito médico puede establecer el nexo causal entre la estancia hospitalaria y la infección.

¿Qué indemnización puedo recibir? La cuantía depende de la gravedad de la infección, las secuelas, el tiempo de recuperación y las circunstancias personales del paciente. Las indemnizaciones por infección hospitalaria nosocomial pueden oscilar desde unos pocos miles de euros en casos leves hasta cantidades muy superiores cuando la infección provoca secuelas graves o el fallecimiento del paciente.

¿Puedo reclamar si la infección fue por un germen multirresistente? Sí, especialmente si el hospital no aplicó las medidas de aislamiento de contacto o no realizó los cultivos de vigilancia para detectar portadores. De hecho, la propagación de gérmenes multirresistentes en un hospital suele evidenciar fallos en el sistema de control de infecciones.

Conclusión: actúa ante una infección hospitalaria nosocomial

La infección hospitalaria nosocomial es un problema grave que afecta a miles de pacientes cada año en España. Cuando se produce por un incumplimiento de los protocolos de prevención, el hospital debe responder por los daños causados. Si tú o un familiar habéis sufrido una infección durante un ingreso hospitalario, no dejes pasar el tiempo: los plazos de reclamación son limitados y la obtención de las pruebas es más sencilla cuanto antes se actúe.

En DIMMAO somos abogados especializados en negligencias médicas en Bilbao y contamos con amplia experiencia en reclamaciones por infecciones nosocomiales. Analizamos tu caso sin compromiso y te asesoramos sobre la mejor estrategia para obtener la indemnización que te corresponde. Contacta con nosotros y te ayudaremos a defender tus derechos.


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