Plazos de resolución de expedientes de nacionalidad

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Plazos de resolución de nacionalidad

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La nacionalidad por residencia es, sin duda, una de las metas más aspiradas para quienes desean vivir en España de manera permanente. Respecto a la resolución de los expedientes de nacionalidad, se habla de plazos estimados que pueden variar entre 1 y 3 años, pero es crucial entender que estos plazos no son definitivos y dependen de varios factores, tales como la completa entrega de documentación y el ritmo de trabajo del Ministerio de Justicia.

El Plan intensivo de tramitación de expedientes de nacionalidad: un caso excepcional

En el año 2019, se experimentó un drástico cambio en los tiempos de resolución debido a la implementación de un plan intensivo de tramitación de expedientes de nacionalidad (PIN) por parte del Ministerio de Justicia. Dicho plan permitió obtener resoluciones en un lapso tan corto como 20 días. No obstante, este fue un caso excepcional y no representa la norma en la tramitación.

¿Qué dice la ley sobre los plazos para la resolución de expedientes de nacionalidad?

Legalmente, el plazo para la resolución del expediente es de un año, tal como establece el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre:

“El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.”

Si no se obtiene una resolución en este plazo, la solicitud se considera desestimada, lo que habilita a los interesados a recurrir tanto en vía administrativa como en vía judicial.

Opciones para acelerar los plazos de tramitación para obtener la nacionalidad española

En el ámbito jurídico se disponen de diversas estrategias para agilizar este proceso. Aunque el término “agilizar” puede resultar un poco engañoso, existen herramientas legales que pueden forzar una respuesta del Ministerio de Justicia, sea esta positiva o negativa. Algunos de los recursos son:

  • Presentar una queja al Defensor del Pueblo
  • Interponer una queja al Ministerio de Justicia
  • Recurrir en vía administrativa
  • Optar por la vía judicial, mediante un recurso contencioso-administrativo

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