El Banco Santander ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cáceres a devolver a una clienta los 11.448 euros que le fueron sustraídos de su cuenta corriente en un caso de estafa en el que el sistema de seguridad de la entidad bancaria falló.
La demandante denunció que habían realizado una serie de cargos en su cuenta corriente que ella no había autorizado en ningún momento. Inmediatamente, lo notificó a la entidad bancaria e interpuso una denuncia en comisaría. Al día siguiente de la sustracción, cuando la mujer aún no había recibido la nueva tarjeta, se efectuaron nuevos cargos en establecimientos de Moscú en su cuenta corriente, resultando en un total de 14 cargos indebidos por un valor de 11.448 euros. A pesar de ello, el banco solo le reembolsó las compras realizadas en Moscú.
La demandante puso una reclamación basándose en que la normativa bancaria obliga al proveedor del servicio a asumir los riesgos derivados del servicio que presta, según el RD 19/2018, cuando se trata de pagos no autorizados por el cliente, como es el caso. Sin embargo, el Santander atribuye la estafa a la falta de cuidado de la clienta en la custodia de las claves, siendo una negligencia imputable a la demandante, y considera que no hay ningún problema en el sistema de seguridad de la entidad bancaria.
No obstante, la normativa y los pronunciamientos judiciales previos establecen que la entidad es responsable, salvo que el usuario haya contravenido las reglas establecidas, no haya avisado a la entidad bancaria o haya actuado de forma negligente, algo que debe poder demostrar el banco. Además, se debe atender a los “artículos 1281 y siguientes del Código Civil y al principio de interpretación a favor de la parte más débil en la relación contractual”. El juzgado ha concluido que la demandante “ha desplegado la actividad probatoria que estaba a su alcance para acreditar que actuó con diligencia en la custodia de las claves, pues incluso ha aportado por prueba documental que no recibió sms, amén de ello inmediatamente puso en conocimiento del banco los cargos efectuados, y pese a ello el banco permitió que se siguieran efectuando cargos”.
En consecuencia, el juzgado ha condenado al Banco Santander al pago de la cantidad sustraída más los intereses desde la fecha de los cargos indebidos y se le imponen las costas. Esta sentencia sigue la estela de la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pamplona, que condenó a Unicaja Banco a pagar a un cliente los 3.940 euros que desaparecieron de su cuenta tras efectuarse 25 transferencias, a través de Bizum, sin que él lo hubiese autorizado. El juzgado consideró que el banco no disponía de las medidas de seguridad adecuadas y necesarias para hacer frente a este caso de estafa y obliga a la entidad a resarcir el daño causado.
Es importante que las entidades bancarias cumplan con sus obligaciones en la gestión de la seguridad de las cuentas de sus clientes, protegiéndolos de posibles fraudes o estafas. En caso de incumplimiento, los clientes tienen derecho a reclamar ante las autoridades competentes y a exigir una compensación por los daños causados. Es necesario que las entidades financieras adopten medidas efectivas para