La parálisis braquial obstétrica es una de las lesiones neonatales más frecuentes asociadas a una mala praxis durante el parto. Se produce cuando los nervios del plexo braquial del recién nacido resultan dañados por una tracción excesiva o inadecuada durante la extracción. En este artículo te explicamos qué es esta lesión, cuándo constituye negligencia médica y cómo puedes reclamar una indemnización.
Qué es la parálisis braquial obstétrica y por qué se produce
El plexo braquial es un conjunto de nervios que nace en la médula espinal cervical y recorre el cuello hasta el brazo, controlando la sensibilidad y el movimiento de la extremidad superior. Durante el parto, estos nervios pueden sufrir estiramiento, compresión o incluso avulsión (arrancamiento de la raíz nerviosa) si se aplica una fuerza excesiva sobre la cabeza o los hombros del bebé.
La causa principal de la parálisis braquial obstétrica es la distocia de hombros, una complicación en la que, tras la salida de la cabeza del bebé, uno o ambos hombros quedan atrapados detrás del pubis materno. Ante esta situación, el protocolo médico exige realizar maniobras específicas (como la maniobra de McRoberts o la presión suprapúbica) para liberar al bebé sin recurrir a tracciones violentas.
Sin embargo, cuando el profesional sanitario aplica una tracción excesiva, utiliza fórceps de forma inadecuada o no sigue el protocolo de resolución de la distocia, el riesgo de lesión del plexo braquial se multiplica. De hecho, la mayoría de las reclamaciones por esta lesión tienen su origen en una gestión incorrecta de la distocia de hombros.
Tipos de parálisis braquial obstétrica y sus secuelas
No todas las lesiones del plexo braquial tienen la misma gravedad. La clasificación depende de qué nervios resulten afectados y del grado de daño sufrido. Existen tres tipos principales:
Parálisis de Erb-Duchenne (parálisis superior). Afecta a las raíces nerviosas C5 y C6. Es el tipo más frecuente y representa aproximadamente el 75% de los casos. El bebé presenta el brazo caído, rotado internamente, con incapacidad para levantar el hombro o flexionar el codo. Además, la mano suele conservar cierta movilidad. En muchos casos evoluciona favorablemente con rehabilitación, aunque puede dejar secuelas permanentes en la movilidad del hombro.
Parálisis de Klumpke (parálisis inferior). Afecta a las raíces C8 y T1. Es menos frecuente pero más grave. El bebé pierde la movilidad y sensibilidad de la mano y la muñeca. En consecuencia, las secuelas suelen ser más limitantes, ya que comprometen la capacidad de prensión y la motricidad fina.
Parálisis total del plexo braquial. Afecta a todas las raíces nerviosas (C5-T1). El brazo queda completamente fláccido, sin movimiento ni sensibilidad. Es la forma más grave y, por lo general, requiere intervención quirúrgica. No obstante, incluso con cirugía, la recuperación funcional completa es poco habitual.
Las secuelas a largo plazo pueden incluir atrofia muscular, diferencia de longitud entre ambos brazos, limitación permanente de la movilidad del hombro o el codo, y contracturas articulares. Asimismo, el impacto psicológico en el niño y la familia no debe subestimarse.
Cuándo la parálisis braquial obstétrica constituye negligencia médica
No toda parálisis braquial obstétrica es consecuencia de una negligencia. La distocia de hombros puede presentarse de forma imprevista y, en algunos casos, la lesión se produce a pesar de una actuación médica correcta. Sin embargo, existen situaciones claras en las que la mala praxis resulta evidente:
No anticipar la distocia. Factores como la macrosomía fetal (bebé de gran tamaño), la diabetes gestacional o antecedentes de distocia en partos anteriores son indicadores de riesgo que el obstetra debe valorar. Por lo tanto, si estos factores se ignoran y no se planifica una cesárea o un parto controlado, puede existir responsabilidad.
Tracción excesiva o maniobras incorrectas. Los protocolos de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) y las guías internacionales establecen una secuencia de maniobras para resolver la distocia de hombros. Si el profesional recurre directamente a una tracción forzada sin agotar las maniobras conservadoras, estamos ante una desviación de la lex artis.
Falta de documentación. El partograma y la historia clínica deben reflejar con detalle las maniobras realizadas, los tiempos y las incidencias. Cuando esta documentación es incompleta o contradictoria, puede constituir un indicio de negligencia. De hecho, la ausencia de registro adecuado suele jugar en contra del centro sanitario en un procedimiento judicial.
Retraso en la actuación. Una vez identificada la distocia, el equipo debe actuar con rapidez y coordinación. Cualquier demora injustificada incrementa el riesgo de lesión nerviosa permanente. Si necesitas más información sobre cómo se determina la negligencia, visita nuestra página de negligencias médicas.
Derechos del paciente e indemnizaciones
Si tu hijo sufrió una parálisis braquial obstétrica por mala praxis, tienes derecho a una indemnización que compense todos los daños sufridos. La cuantía depende de la gravedad de las secuelas, pero habitualmente incluye los siguientes conceptos:
Daño corporal y secuelas. Se valora conforme al baremo de accidentes de tráfico (utilizado como referencia en el ámbito sanitario), que asigna puntos según el grado de limitación funcional. Por ejemplo, una parálisis total del plexo braquial puede valorarse entre 50 y 80 puntos, lo que se traduce en indemnizaciones significativas. Consulta también nuestra página sobre accidentes de tráfico para entender el sistema de baremo.
Gastos médicos y de rehabilitación. Incluyendo fisioterapia, terapia ocupacional, posibles cirugías reconstructivas y cualquier tratamiento futuro necesario. Además, se cubren los desplazamientos a centros sanitarios.
Daño moral. Tanto del menor como de sus progenitores. La jurisprudencia reconoce de forma constante que el sufrimiento emocional derivado de una lesión neonatal evitable merece ser compensado.
Lucro cesante y perjuicio futuro. En los casos más graves, se valora la pérdida de capacidad laboral futura del menor. No obstante, esta partida es más compleja de cuantificar y requiere un análisis pericial específico.
Cómo reclamar por parálisis braquial obstétrica
El proceso de reclamación requiere una preparación cuidadosa. Estos son los pasos fundamentales:
1. Solicita toda la documentación clínica. El partograma es la prueba estrella en estos casos. Registra los tiempos del parto, las maniobras realizadas, la fuerza aplicada y las complicaciones surgidas. Asimismo, solicita el informe de alta, los registros de enfermería y cualquier prueba de imagen realizada al neonato.
2. Consulta a un perito médico especialista en obstetricia. El informe pericial debe analizar si la actuación médica se ajustó a los protocolos establecidos y si la lesión era evitable. En particular, debe pronunciarse sobre la adecuación de las maniobras de resolución de la distocia.
3. Determina la vía de reclamación. Si el parto fue en un hospital público, la reclamación se tramita por responsabilidad patrimonial de la Administración (plazo de un año). Si fue en un centro privado, se acude a la jurisdicción civil (plazo de cinco años conforme al artículo 1964 del Código Civil). Por lo tanto, es fundamental actuar con rapidez para no perder los plazos.
4. Contacta con un abogado especializado. En DIMMAO contamos con experiencia específica en reclamaciones por lesiones del plexo braquial y colaboramos con peritos médicos especializados en obstetricia.
Preguntas frecuentes sobre la parálisis braquial obstétrica
¿La parálisis braquial obstétrica se cura? Depende del tipo y la gravedad. Las lesiones leves (neuropraxia) pueden recuperarse espontáneamente en semanas. Sin embargo, las lesiones graves con avulsión de raíces nerviosas suelen dejar secuelas permanentes, incluso con tratamiento quirúrgico.
¿Qué pruebas necesito? El partograma, la historia clínica completa, los informes de rehabilitación y un informe pericial médico. Además, una electromiografía puede determinar el alcance exacto de la lesión nerviosa.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar? El plazo depende de la vía elegida: un año en la vía administrativa y cinco años en la civil. No obstante, el cómputo puede variar en función de cuándo se estabilizaron las secuelas, especialmente en menores.
¿Puedo reclamar si ya han pasado años? Posiblemente sí, sobre todo si las secuelas no se estabilizaron de inmediato o si has tenido conocimiento reciente de que la lesión fue evitable. En definitiva, cada caso requiere un análisis jurídico individualizado.
Conclusión: busca asesoramiento especializado cuanto antes
La parálisis braquial obstétrica puede condicionar la vida de tu hijo de forma permanente. Si crees que la lesión se produjo por una actuación médica inadecuada, no dejes pasar el tiempo. Los plazos legales son limitados y reunir la documentación necesaria lleva tiempo.
En DIMMAO analizamos tu caso de forma gratuita y confidencial. Nuestro equipo de abogados y peritos médicos te acompañará en todo el proceso de reclamación, desde la obtención de la historia clínica hasta la interposición de la demanda.
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