La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, regula la responsabilidad penal de los menores de entre 14 y 17 años, lo que significa que a partir de los 14 años, un menor puede ser juzgado y condenado por un delito que haya cometido. Este hecho puede generar dudas y preocupaciones en caso de que un menor cometa un delito, ya que muchos piensan que la juventud exime de responsabilidad. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el sistema penal español prevé una serie de medidas especiales para menores de edad, con el objetivo de proteger sus derechos y garantizar un juicio justo.
Una de las medidas más importantes es la intervención de un tutor o defensor especializado en derecho penal para menores. Este profesional está capacitado para asesorar y defender al menor durante todo el proceso, garantizando que sus derechos se respeten y se proteja su integridad. Además, los juicios para menores se celebran en salas especializadas, con jueces y fiscales especializados en este tipo de casos, lo que asegura un trato justo y adecuado.
Otra de las medidas específicas para menores de edad es la aplicación de penas específicas. En lugar de las penas previstas para adultos, los menores de edad pueden ser sancionados con medidas educativas o terapéuticas, que buscan ayudarles a corregir su comportamiento y reinsertarse en la sociedad de una manera positiva. Estas medidas incluyen, entre otras, la realización de trabajos comunitarios, la asistencia a terapia o la realización de programas educativos.
Sin embargo, es importante destacar que la ley española prevé la posibilidad de aplicar penas más severas en casos especialmente graves, como por ejemplo, cuando el menor comete un delito violento o grave. En estos casos, se puede solicitar la aplicación de una medida de internamiento en un centro especializado, con el objetivo de proteger al menor y a la sociedad.